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Boletín de Prensa

H. Ayuntamiento de Nezahualcóyotl 2022 - 2024


Nezahualcóyotl, México a 15 de abril de 2024

DP/455

 

APRUEBA CABILDO DE NEZAHUALCÓYOTL LICENCIA TEMPORAL DEL PRESIDENTE MUNICIPAL ADOLFO CERQUEDA REBOLLO PARA SEPARARSE DE SUS FUNCIONES

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A fin de poder participar el próximo proceso electoral, ello de conformidad a lo que establece el artículo 40 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de México y el artículo 18 del Código Electoral del Estado de México, el Cabildo aprobó por unanimidad la licencia temporal para separarse del ejercicio de sus funciones al presidente municipal de Nezahualcóyotl Adolfo Cerqueda Rebollo, la cual entrará en vigor a partir del 23 de abril y concluirá el próximo 7 de junio.

En la sesión referida el alcalde, afirmó que mediante número de oficio PM/NEZA/095/2024 de fecha 9 de abril del año 2024, solicitó a la Secretaría del Ayuntamiento que sometiera a consideración de los integrantes del Ayuntamiento en Sesión de Cabildo, la propuesta de acuerdo y en su caso aprobación de la Licencia temporal para separarse del Cargo de Presidente Municipal Constitucional de Nezahualcóyotl electo para el periodo Constitucional 2022-2024.

Detalló que de acuerdo con el artículo 40 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de México, los miembros del Ayuntamiento necesitan licencia del mismo, para separarse temporal o definitivamente del ejercicio de sus funciones, considerando como una causa justificada para separarse del cargo, entre otras; para contender como candidato en un proceso electoral federal o local.

En ese sentido, señaló de acuerdo a la Ley, las y los integrantes de los Ayuntamientos, que tengan interés en reelegirse, deberán separarse del cargo, por lo menos, veinticuatro horas antes del inicio de las campañas, conforme al calendario electoral vigente, del mismo modo el artículo 18 del Código Electoral del Estado de México, establece que la elección consecutiva para el cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos será por un periodo adicional.

En la misma sesión y de conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica de la entidad que establece que las faltas temporales del presidente municipal, que excedan del plazo de quince días y hasta por 100 días serán cubiertas por un regidor del propio ayuntamiento que se designe por acuerdo de Cabildo, por lo que fue designada la sexta regidora Sonia Carolina Gómez Ayala como presidenta municipal por Ministerio de Ley.

 


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